Programa extraordinario de ayuda a la contratación para desempleados de Atarfe
Si eres de Atarfe, estás en paro y reúnes los siguientes requisitos, te interesará presentar la solicitud para acogerte al PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE AYUDAS A LA CONTRATACIÓN. Se trata de un programa de empleo temporal dirigido a desempleados con especiales dificultades económicas. El plazo previsto se inicia el 6 de noviembre y finaliza el 24 del mismo mes (ambas fechas inclusive).
Los interesados pueden descargar la solicitud que se adjunta al final de esta información o recogerla en el Área de Empleo del Ayuntamiento de Atarfe (Calle Doctor Prados Picazo, junto a la oficina de Recaudación). Una vez rellenada la solicitud se debe presentar, junto al resto de la documentación que se solicita, en el Registro Municipal del Ayuntamiento.
Este programa extraordinario de ayudas a la contratación que se recoge en el Decreto Ley 8/2014 de la Junta de Andalucía, está dirigido a empadronados/as en la localidad de Atarfe que cumplan los siguientes REQUISITOS:
A- Que en el momento de presentación de la solicitud se encuentre en situación de demandante de empleo inscrito en Servicio Andaluz de Empelo y no hayan trabajado más de 90 días durante el maño anterior a la solicitud.
B- Que en el momento de presentar la solicitud pertenezca a una unidad familiar donde concurran las siguientes circunstancias.
1- Que al menos un año antes de la presentación de la solicitud todas las personas que componen la unidad familiar hayan estado empadronadas como residentes en un mismo domicilio ubicado en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a excepción de las personas menores nacidas, adoptadas o acogidas con posterioridad a la fecha, las víctimas de violencia de género y las personas andaluzas retornadas.
2- Que el importe máximo de los ingresos netos del conjunto de las personas que conforman la unidad familiar sea:
- Inferior al indicador de la Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para unidades familiares de una sola persona (menor de 3227.01€)
- Inferior a 1.3 veces el IPREM para unidades familiares de dos personas (menor de 4.195.11).
- Inferior a 1.5 veces el IPREM para unidades familiares de tres personas (menor de 4.840.52€).
- Inferior a 1.7 veces el IPREM para unidades familiares de cuatro o más personas (menor de 5.485.92€).
A tal efecto, se computaran los ingresos de cualquier naturaleza de cada miembro de la unidad familiar haya percibido durante los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa.
C- Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, acreditada mediante informe realizado por la persona trabajadora social de los Servicios Sociales Comunitarios.