La Diputación de Granada pone en marcha un Servicio de Asesoramiento sobre la Moratoria de Hipotecas
La Diputación de Granada ha puesto en marcha un Servicio Telefónico Gratuito de Asesoramiento para informar sobre los derechos y garantías de ls legislación vigente relativo a deudores hipotecarios con el fin de garantizar el derecho a la vivienda a personas en situación de vulnerabilidad como consecuencia del Covid-19.
Este servicio se pone en marcha por la Diputación de Granada a través de la Delegación de Bienestar Social, en colaboración con el Colegio Oficial de Abogados de Granada.
De entre las medidas económicas urgentes aprobadas por el Gobierno, una de las más esperadas por muchas personas es la moratoria de las hipotecas para la adquisición de la vivienda habitual.
Como consecuencia de la ralentización de la economía, el proceso de hibernación y cierre de establecimientos no considerados esenciales, se producen situaciones de reducción significativa de ingresos en las personas trabajadoras.
Este hecho, puede conllevar dificultades para atender, entre otras, el pago de alquileres e hipotecas para muchas personas y familias en situación de vulnerabilidad.
Las personas con deudas hipotecarias que no puedan hacer frente a la cuota, y que tengan necesidad de información en relación a los derechos y garantías que la legislación ofrece en esta situación especial, pueden ponerse en contacto con este teléfono habilitado por la Diputación de Granada y el Colegio Oficial de Abogados de Granada. En esta situación es necesario prestar a la ciudadanía de la provincia de Granada un asesoramiento jurídico suficiente, para conocer las medidas adoptadas por el Gobierno de España para facilitar la garantía del derecho fundamental a la vivienda.
Características del Servicio
Atención telefónica, especializada, a demanda de la ciudadanía que precise información, sobre los derechos y garantías que la legislación vigente, así como otra que pueda adoptarse por la administración, sobre la moratoria de deudas hipotecarias de la vivienda habitual aprobada por el Gobierno mediante el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
TELEFONO: 958 24 71 59
Horario de Atención: De Lunes a Viernes, en horario ininterrumpido entre las 09:00 y las 14:00.
Duración del Servicio: Desde el día 15 de abril al 15 de mayo, ambos inclusive de 2020. (en principio), pero EL SERVICIO ESTARA DISPONIBLE MIENTRAS DURE EL ESTADO DE ALARMA.
Principalmente, será para responder a las siguientes cuestiones.
· ¿Quién tiene derecho a la suspensión de la cuota de la hipoteca?
· ¿Quién puede pedirla?
· Requisitos y condiciones para acogerse a la moratoria
· ¿Cómo se solicita?
· ¿Dónde se solicita?
· ¿Qué documentación hace falta, certificados necesarios, que acrediten la situación de vulnerabilidad, escrituras, etc.?
· ¿Cuánto dura la moratoria?
· ¿Qué efectos tiene?
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